• Detalle de Ley

    Ley N°: 2114
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 30/10/1947
    Promulgada: 06/11/1947
    Publicada: 14/11/1947
    Boletin Of. N°: 11551

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.-  Amplíase, en la proporción que a continua-
    ción se expresa, las siguientes partidas que asigna al Banco
    de la Provincia de Tucumán, la Ley de Presupuesto General de
    Gastos y Cálculo de Recursos para 1947 - Anexo B.
    (Reparticiones Autárquicas)
       INCISO II - ÍTEM 1º:
       4 retribución al personal que trabaja en
         horas extraordinarias....................... $   40.000
       5 sueldos de ejercicios vencidos.............. $    2.500
      12 inmuebles,obras y su conservación........... $  650.000
                                          Total       $  692.500
    
       Art. 2º.- Incorpórase como partida 4 - ítem 2º del inciso
    precitado, por una sola vez, la siguiente:
       Máquinas de contabilidad,organización mecánico-
       contable, e impresos.......................... $  250.000
       
       Art. 3º.- Las nuevas erogaciones que autoriza la presente
    ley serán  atendidas  con fondos de la institución a que co-
    rresponden.
    
       Art. 4º.- Autorízase al  Poder  Ejecutivo a expropiar los
    terrenos necesarios  para  la  construcción  de filiales del
    Banco de la Provincia en Ciudadela, Villa 9 de Julio y Villa
    Urquiza (Departamento  de la Capital) en Aguilares (Departa-
    mento de Río Chico) y La Cocha (Departamento de Graneros), a
    cuyo fin se los declara de utilidad pública.
    
       Art. 5º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a treinta días del mes de octubre de mil novecientos cuaren-
    ta y siete.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AMPLÍA PARTIDAS PARA EL BANCO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN DEL PRESUPUESTO VIGENTE PARA 1947. AUTORIZA A ABRIR NUEVAS SUCURSALES.-

  • Observaciones