• Detalle de Ley

    Ley N°: 2125
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - ECONOMICO
    Sancionada: 07/11/1947
    Promulgada: 03/12/1947
    Publicada: 15/12/1947
    Boletin Of. N°: 11576

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.-  Autorízase  al  Poder Ejecutivo a realizar
    las siguientes  obras públicas en el departamento de Chicli-
    gasta:
       1   Terminación del canal derivador norte y
           de los canales del río Medinas, nuevo
           trazado, hasta cruzar las vías de los
           Ferrocarriles del Estado, en Alto Ver-
           de, hasta...................................$ 500.000
       2   Construcción de un tanque y adquisición
           de un equipo de bombeo para el servicio
           de agua corriente, en la villa de Medi-
           nas, hasta..................................$  20.000
       3   Construcción de un edificio destinado
           a la escuela Constitución, en la Tri-
           nidad, en terreno fiscal, hasta.............$ 310.000
       4   Reparaciones en el edificio de la es-
           cuela Cornelio Saavedra, en Atahon,
           hasta.......................................$  45.000
       5   Reparaciones en el edificio de la es-
           cuela José Nicolás Matienzo, en Ciu-
           dacita, hasta...............................$  37.500
       6   Construcción de un mercado, en la Tri-
           nidad, en terreno donado por la Compa-
           ñia Azucarera Tucumana, hasta...............$  60.000
       7   Construcción de un puente carretero
           sobre el río Medinas, frente a la po-
           blación del mismo nombre, en el cami-
           no que une a los caminos Concepción
           Monteagudo y Aguilares-Los Agudos,
           hasta.......................................$ 260.000
       8   Ampliaciones y reparacioanes en el hos-
           pital de Concepción, hasta..................$ 400.000
       9   Adquisición de terreno y construcción
           de un edificio para estación sanitaria
           en Atahoma, hasta...........................$ 189.000
      10   Adquisición de terreno y construcción
           de un edificio para estación sanitaria
           en  Alpachiri, hasta........................$ 189.000
      11   Adquisición de terreno y construcción
           de un edificio para estación sanitaria
           en Villa Chicligasta, hasta.................$ 189.000
      12   Adquisición de terreno y construcción
           de un edificio para comisaría y juz-
           gado de paz, en Villa Chicligasta,
           hasta......................................$  150.000
      13   Adquisición de terreno y construcción
           de un edificio destinado a comisaría
           de policía y juzgado de paz, en Atahona
           hasta......................................$  150.000
    
       Art. 2º- El costo de las obras de irrigación comprendidas
    en el  apartado 1º del artículo 1º, será reembolsado por los
    usuarios de  conformidad  con las disposiciones de la ley de
    riego.
    
       Art. 3º.- Los gastos  que  demande  el cumplimiento de la
    presente ley,  se  atenderán  con  los fondos del empréstito
    autorizado por la ley Nº 2023, del 2 de enero de 1947.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de Tucumán,  a  veintisiete días del mes de noviembre de mil
    novecientos cuarenta y siete.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA A REALIZAR DIVERSAS OBRAS EN CHICLIGASTA.-

  • Observaciones