• Detalle de Ley

    Ley N°: 2136
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 09/12/1947
    Promulgada: 12/12/1947
    Publicada: 19/12/1947
    Boletin Of. N°: 11580

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo.1º.- Modifícase  la  Ley Impositiva Municipal de
    la ciudad de Tucumán, en la siguiente forma:
    
      "Art.58.- Pilares numerados del 1 al 50           $   0.60
                Playas para zapallos, ancos,
                cañas, etc., el metro cuadrado          "   0.06
      "Art.60.- Jardineras o carros                     "   0.50
                Camiones o chatas de cuatro
                ruedas                                  "   1
       "Art.191.- Las  jardineras  o  verduleros o quinteros que
    introduzcan verduras  o  frutas exclusivamente al Mercado de
    Abasto y  que no tengan reparto o venta fuera de él, pagarán
    la patente establecida con una rebaja de $ 20 por cada una.
    En el  caso  de  quinteros y de transportadores de cargas en
    general, que posean un solo vehículo, la rebaja será equiva-
    lente al cuarenta por ciento del valor de la patente respec-
    tiva.
       "Art.290.- Reducción de restos dentro de mausoleos de so-
    ciedades de socorros mutuos gratis".
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de Tucumán,  a  nueve días del mes de diciembre de mil nove-
    cientos cuarenta y siete.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY IMPOSITIVA MUNICIPAL DE LA CIUDAD CAPITAL.-

  • Observaciones