* CADUCA *
La Sala de Representantes sanciona con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Apruébanse en todas sus partes las cuentas
presentadas por el Poder Ejecutivo, de las entradas e in-
versión de los fondos públicos, desde el doce de Febrero
hasta el 31 de Diciembre del año pasado.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones en Tucumán, 23 de Octubre de 1863.-