* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tu-
cumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Acuérdase, por una sola vez, un subsidio de
quince mil pesos moneda nacional, a la Casa Escuela de los
Pobres de esta capital, para abonar la deuda que por
suministro de provisiones tiene pendiente con la Cárcel
Penitenciaria.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la
presente Ley, se hará de Rentas Generales con imputación a
la misma.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a treinta y un días del mes de mayo de mil novecientos
cuarenta y ocho.