• Detalle de Ley

    Ley N°: 2219
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 07/01/1949
    Promulgada: 07/01/1949
    Publicada: 21/01/1949
    Boletin Of. N°: 11896

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.-  Concédese a S. E. el señor Gobernador, li-
    cencia por  el  término  de noventa días para ausentarse del
    territorio de  la  Provincia cuando estime oportuno  hacerlo
    por razones  de  índole  administrativo  o de cualquier otro
    orden.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a siete  días  del mes de enero del año mil novecientos cua-
    renta y nueve.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE LICENCIA AL SR. GOBERNADOR DE LA PROVINCIA POR EL TERMINO DE NOVENTA DIAS, PARA AUSENTARSE CUANDO LO ESTIME OPORTUNO.-

  • Observaciones