* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Declárase acogida a la Provincia, al régi-
men del artículo 11 de la ley Nacional nº 12.140, promulgada
en fecha 2 de abril de 1935.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos cua-
renta y nueve.-