• Detalle de Ley

    Ley N°: 2222
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 17/05/1949
    Promulgada: 18/05/1949
    Publicada: 02/08/1949
    Boletin Of. N°: 12042

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.-  La  Caja de Jubilaciones y Pensiones de la
    Provincia acordará  a  todos los jubilados y pensionados una
    asignación complementaria  por el año 1948, equivalente a la
    doceava parte  del  total de la Jubilación o pensión que hu-
    bieren percibido en dicho año, asignación complementaria que
    en ningún  caso podrá exceder de quinientos pesos moneda na-
    cional.
    
       Art. 2º.- Declárase inembargable la asignación complemen-
    taria a  que  se  refiere  esta ley, la que se abonará a los
    titulares o sus representantes legales.
    
       Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley  se atenderá por la Caja de Jubilaciones y Pensio-
    nes, con sus recursos propios.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a die-
    cisiete días  del  mes de mayo de mil novecientos cuarenta y
    nueve.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE ASIGNACIONES COMPLEMENTARIAS A JUBILADOS Y PENSIONADOS PARA EL AÑO 1948.-

  • Observaciones