• Detalle de Ley

    Ley N°: 2223
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION - ECONOMICO
    Sancionada: 27/06/1949
    Promulgada: 13/07/1949
    Publicada: 02/08/1949
    Boletin Of. N°: 12052

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Art. 1º.- Ábrese un crédito extraordinario por la suma de
    novecientos setenta  y  dos mil cuatrocientos cincuenta y un
    pesos con veintidós centavos moneda nacional, para abonar la
    diferencia de  sueldos  al  personal docente dependiente del
    Consejo General  de  Educación, desde el 1º de mayo al 31 de
    diciembre de  1948,  que  será liquidada de conformidad a la
    escala respectiva,  incluyéndose en la expresada cantidad el
    aporte patronal  y  la diferencia correspondiente del sueldo
    anual complementario por el año 1948.
    
       Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente Ley  se  hará  de Rentas Generales con imputación a la
    misma.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a veintisiete  días del mes de junio del año mil novecientos
    cuarenta y nueve.

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA CRÉDITO EXTRAORDINARIO PARA ABONAR DIFERENCIAS DE SUELDOS AL PERSONAL DOCENTE DEPENDIENTE DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN.-

  • Observaciones