* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Prorrógase por el término de un año el
plazo fijado en el artículo 2º de la ley Nº 2.014, para el
comienzo de las obras de la escuela de Artes y Oficios de la
Nación en el terreno donado en virtud de dicha ley.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintiocho días del mes de junio del año mil novecientos
cuarenta y nueve.-