• Detalle de Ley

    Ley N°: 2239
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: NO GENERALES - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 08/09/1949
    Promulgada: 14/09/1949
    Publicada: 01/10/1949
    Boletin Of. N°: 12098

  • Texto
  •    El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia  de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase al  Poder  Ejecutivo a  invertir
    hasta la suma de doscientos ochenta y cinco mil pesos moneda
    nacional, en la adquisición, por expropiación, de la acequia
    La Encantada, construcción de derivados, canales de desagües
    y mejoras del sistema.
    
       Art.2º.- A los efectos del  artículo  anterior, declárase
    de utilidad pública y sujeta a expropiación la acequia deno-
    minada La Encantada, de propiedad de la firma Manuel  García
    Fernández - Ingenio Bella Vista, ubicada en  el departamento
    de Leales, con una extensión aproximadamente de 9400 metros,
    que  tiene  origen  en el Río Salí, margen izquierda, en  su
    confluencia con el Río Lules, y llega hasta la  Finca La En-
    cantada.
    
       Art.3º.- El costo que demande el cumplimiento del artícu-
    lo 1º, será reembolsado por los usuarios de conformidad  con
    las disposiciones pertinentes de la Ley de Riego.
    
       Art.4º.- Deróganse los  apartados  5º  y 8º de  la Ley Nº
    2054 y el apartado 7 de la ley Nº 2.070.
    
       Art.5º.- El gasto que demande el cumplimiento de  la pre-
    sente ley, se atenderá con fondos del  empréstito autorizado
    por ley Nº 2.023.
    
       Art. 6º.- Comuníquese.
    
       Dada en la sala de sesiones de la H. Legislatura, a  ocho
    días del mes de setiembre del año mil novecientos cuarenta y
    nueve.-

  • Relaciones

    Modifica a Ley 2054
    Modifica a Ley 2070

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A ADQUIRIR, POR EXPROPIACIÓN, LA ACEQUIA LA ENCANTADA, PARA CONSTRUCCIÓN DE DERIVADOS, CANALES DE DESAGÜES Y MEJORAS DEL SISTEMA.-

  • Observaciones