• Detalle de Ley

    Ley N°: 226
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 02/05/1864
    Promulgada: 03/05/1864
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Sala  de  Representantes  de la Provincia sanciona con
    fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Concédese a Dn.  Vicente Brussa, natural de
    Italia, el  derecho  exclusivo  de  beneficiar la planta del
    añil, en  el  territorio  de la Provincia, por el espacio de
    diez años, contados desde la fecha.
    
       Art.2º.- Si  a  los tres años primeros del período de que
    habla el  artículo  anterior,  no hubiese acreditado el con-
    cesionario haber  producido mil libras de la pasta del añil,
    de buena  calidad, se entenderá caducado el privilegio, y el
    Poder Ejecutivo publicará la libertad de esta industria.
    
       Art.-.3º.- Es  obligación  del  concesionario  dejar a la
    conclusión de su privilegio, cuatro individuos del país per-
    fectamente instruidos  en el cultivo y beneficio del añil, a
    designación del Gobierno.
    
       Art.4º.- Comuníquese  al  Poder  Ejecutivo a  los efectos
    consiguientes.
    
       Sala de Sesiones, Tucumán Mayo 2 de 1864.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE A DON VICENTE BRUSSA, NATURAL DE ITALIA, EL DERECHO EXCLUSIVO DE BENEFICIAR LA PLANTA DEL AÑIL, EN EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 3- PAGINA 205