* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Apruébase el convenio suscrito con fecha 23
de abril de 1949 entre el señor gobernador de la Provincia y
el Instituto Nacional de Previsión Social, sobre acogimiento
al régimen de reciprocidad jubilatoria creado por decreto -
ley 9316/46 (ley Nº 12.921).
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintidós días del mes de diciembre del año mil novecien-
tos cuarenta y nueve.