* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Apruébase el decreto del Poder Ejecutivo de
2 de Enero último, por el cual ordena que rija para el año
presente el presupuesto general de gastos sancionado para el
año anterior de 1863.
Art. 2º.- Esta ley regirá hasta que se sancione el pre-
supuesto para el año corriente.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo a los efectos
consiguientes.
Sala de Sesiones, Tucumán, Mayo 6 de 1864.-