* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Acuérdase al Hogar San Vicente de Paúl, con
sede en calle Moreno Nº 261 de esta ciudad, un subsidio por
la cantidad de quince mil pesos moneda nacional, a fin de
atender las distintas necesidades de las personas que alber-
ga el establecimiento y de las religiosas que administran el
mismo.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo es-
tablecido por el artículo 1º, se hará de Rentas Generales
con imputación a la presente ley.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintinueve días del mes de diciembre del año mil nove-
cientos cuarenta y nueve.-