* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de ciento veinte mil pesos moneda nacional
para la perforación de cuatro pozos surgentes en las
localidades de Los Cercos, Villapujio, Puesto de Sotelo y
Simbol, departamento de Graneros.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la
presente ley se atenderá con fondos del empréstito
autorizado por ley Nº 2.023, artículo 1º, inciso e).
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatu-
ra, a dos días del mes de febrero del Año del Libertador
General San Martín mil novecientos cincuenta.-