* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar
las siguientes obras públicas en el departamento de Chicli-
gasta:
1.- Reparación y ampliación del cauce denominado Orquera,
en la Ciudacita, hasta......................... $ 20.000
2.- Construcción de un dique nivelador, canal principal,
canales derivadores, dársenas, compuertas, obras de arte y
demás obras,a emplazarse en el río Gastona, a la altura
de Monteagudo y rectificación y mejoramiento del canal
de Monteagudo y la red de distribución del mismo,
hasta ......................................... $ 1.500.000
3.- Ensanche, canalización, limpieza y construcción de
obras de arte en el arroyo El Huaico, hasta ....$ 70.000
4.- Construcción de un antepozo casilla para el motor y
bomba; tanque elevado con capacidad para 150.000 litros y
adquisición e instalación de un motor, bomba, cañerias y ac-
cesorios para la ampliación y mejoras del servicio
de aguas corrientes en las villas de La Trinidad y Me-
dinas, hasta ......................................$ 300.000
5.- Construcción de un edificio destinado a matadero, en
la villa de La Trinidad, hasta .....................$ 80.000
Art. 2º.- Deróganse los apartados 6, 12, y 13 del artícu-
lo 1º de la ley Nº 2125.
Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente se imputarán a la misma y se atenderán con fondos
del empréstito autorizado por ley Nº 2023.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a diez días del mes de febrero del año del Libertador
General San Martín, mil novecientos cincuenta.