• Detalle de Ley

    Ley N°: 2327
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 09/06/1950
    Promulgada: 09/06/1950
    Publicada: 19/06/1950
    Boletin Of. N°: 12307

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de  Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Concédese a S.E. el señor gobernador ciento
    veinte días  de  licencia, para ausentarse del territorio de
    la Provincia  cuando  lo  estime  oportuno,  por  motivos de
    interés público o de cualquier otro orden.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  sala  de sesiones de la Honorable Legislatu-
    ra a nueve días  del mes de  junio, Año del Libertador Gene-
    ral San Martín, mil novecientos cincuenta.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE LICENCIA AL SR. GOBERNADOR DE LA PROVINCIA POR EL TERMINO DE CIENTO VEINTE DIAS, PARA AUSENTARSE CUANDO LO ESTIME OPORTUNO.-

  • Observaciones