* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Pro-
vincia a invertir hasta la suma de cuarenta mil pesos moneda
nacional, en la adquisición de máquinas de escribir con des-
tino a la Escuela Nocturna de Orientación Profesional 9 de
Julio, dependiente del Consejo General de Educación.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se imputará a la misma y se hará de rentas genera-
les.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a doce días del mes de septiembre, Año del Libertador Gene-
ral San Martín, mil novecientos cincuenta.