• Detalle de Ley

    Ley N°: 2338
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 12/09/1950
    Promulgada: 19/09/1950
    Publicada: 04/10/1950
    Boletin Of. N°: 12392

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al  Poder  Ejecutivo de la Pro-
    vincia a invertir hasta la suma de cuarenta mil pesos moneda
    nacional, en la adquisición de máquinas de escribir con des-
    tino a  la  Escuela Nocturna de Orientación Profesional 9 de
    Julio, dependiente del Consejo General de Educación.
    
       Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley se imputará a la misma y se hará de rentas genera-
    les.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a doce  días del mes de septiembre, Año del Libertador Gene-
    ral San Martín, mil novecientos cincuenta.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA A INVERTIR SUMAS DE DINERO PARA LA ADQUISICIÓN DE MÁQUINAS DE ESCRIBIR CON DESTINO A LA ESCUELA NOCTURNA DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL 9 DE JULIO.-

  • Observaciones