* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Amplíase de rentas generales en la suma de
catorce mil trescientos ochenta y seis pesos con sesenta y
tres centavos moneda nacional, la partida 12 (Para repara-
ciones y/o mejoras para edificios pertenecientes a institu-
ciones religiosas), ítem 2, inciso II, anexo G. de la ley de
presupuesto general para 1950.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a nueve días del mes de octubre del Año del Libertador Gene-
ral San Martín, mil novecientos cincuenta.