* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Desígnase una comisión ad honórem, presidi-
da por el Ministro de Hacienda, Obras Públicas e Industrias
e integrada por un senador y un diputado designados por las
presidencias de las respectivas Cámaras, el subsecretario de
Economía, el director del Departamento de Irrigación y Aguas
Potables, un técnico en suelos de la Estación Experimental
Agrícola, dos funcionarios del Instituto de Hidráulica de la
Universidad Nacional de Tucumán y un representante de la De-
legación Regional de la Dirección General de Agua y Energía
Eléctrica,a los efectos de determinar las zonas de riego por
donde ha de construirse la red de canales y demás obras para
el aprovechamiento integral de las aguas del dique de Escaba
Art. 2º.- El Poder Ejecutivo solicitará el concurso de
los funcionarios nacionales a que se refiere el artículo 1º.
Art. 3º.- Esta comisión deberá expedirse en el término de
120 días, a contar de la constitución de la misma.
Art. 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente ley se imputarán a la misma y se atenderán de ren-
tas generales.
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a doce días del mes de enero del año mil novecientos cin-
cuenta y uno.