• Detalle de Ley

    Ley N°: 2415
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - ECONOMICO
    Sancionada: 07/08/1951
    Promulgada: 16/08/1951
    Publicada: 19/09/1951
    Boletin Of. N°: 12640

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia  de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase al Poder  Ejecutivo  a invertir,
    por intermedio de la Dirección Provincial de Vialidad, hasta
    la suma de un millón de pesos moneda nacional, en los traba-
    jos de enripiado de la red vial de la Provincia.
    
       Art. 2º.- Autorízase asimismo a la repartición  citada en
    el artículo  anterior, para  invertir transitoriamente hasta
    la cantidad de seiscientos diez mil pesos  moneda  nacional,
    con cargo de oportuno reembolso, en la atención de las obras
    que ejecute con fondos de  coparticipación  federal, debida-
    mente aprobadas por la  Administración  General  de Vialidad
    Nacional, y que aún no disponga de  la asignación definitiva
    de la inversión.
    
       Art. 3º.- La erogación que demande el cumplimiento  de la
    presente ley, se atenderá con  fondos del empréstito autori-
    zado mediante ley nº 2.023.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia, a siete días del mes de agosto de mil nove-
    cientos cincuenta y uno.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A INVERTIR, POR INTERMEDIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, EN TRABAJOS DE ENRIPIADO EN LA RED VIAL PROVINCIAL.-

  • Observaciones