* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de un millón de pesos moneda nacional, en la
construcción de un edificio e instalaciones para el funcio-
namiento de ferias ganaderas y exposiciones rurales en le
departamento de Trancas.
Art. 2º.- El cumplimiento de la presente ley se atenderá
con fondos de la ley de Turismo nº 2.205.
Art. 3º.- El Poder Ejecutivo reglamentará dentro de las
normas de fomento, régimen económico y de funcionamiento del
organismo creado por la presente ley.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura de la
Provincia, a veintinueve días del mes de abril de mil nove-
cientos cincuenta y dos.