* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la suma de cinco millones
quinientos cincuenta y tres mil pesos moneda nacional, el
inciso I del presupuesto de la Dirección Provincial de
Transporte para 1952, que destina fondos para atender el
funcionamiento del servicio de trasporte de pasajeros,
remuneraciones al personal, cumpliendo las leyes sociales,
gastos de explotación del servicio, adquisición de
elementos, etc., a discriminar por inversión.
Art.2º- Facúltase al Poder Ejecutivo a anticipar de
rentas generales a la Dirección Provincial del Transporte,
la cantidad de dos millones trescientos ochenta y cinco mil
pesos moneda nacional, con cargo de reintegro con el produ-
cido de la explotación de los servicios respectivos, con
destino a los gastos que se mencionan en el artículo an-
terior.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a die-
ciocho días del mes de diciembre de mil novecientos cincuen-
ta y dos.