* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia ha sancionado
la siguiente
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo al objeto de
disponer de alguno de los sitios de propiedad pública, o de
los que hayan sido donados por particulares al Estado, para
la construcción de un edificio destinado a escuela pública.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones Tucumán, Noviembre 30 de 1865.-