* DEROGADA *
La Sala de Representantes de la Provincia sanciona la
siguiente
L E Y :
Artículo 1º.- Créase el empleo de Inspector de Escuela de
la Provincia, con la dotación de seiscientos pesos anuales a
cargo del Tesoro Provincial.
Art. 2º.- El Poder Ejecutivo reglamentará las funciones
del Inspector y proveerá el empleo en persona idónea.
Art. 3º.- Comuníquese al P.E.
Sala de Sesiones, Tucumán, Enero 19 de 1866.-