* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo.1º.- Desígnase una comisión bicameral integrada
por tres senadores y tres diputados, para que estudie y
aconseje una solución al problema de las comunidades en la
Provincia.
Art.2º.- La comisión tendrá amplias facultades para soli-
citar la colaboración, información y asesoramiento de toda
dependencia provincial o municipal, como asimismo para desi-
gnar los asesores técnicos y empleados que estime necesa-
rios.
Art.3º.- Autorízase a la comisión de referencia a inver-
tir de rentas generales y con imputación a esta ley, hasta
la cantidad de veinte mil pesos, para sufragar los gastos
que demande el cumplimiento de su cometido.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la
Provincia de Tucumán, a veintidós días del mes de setiembre
del año mil novecientos cincuenta y tres.-