• Detalle de Ley

    Ley N°: 2581
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 30/09/1953
    Promulgada: 06/10/1953
    Publicada: 20/10/1953
    Boletin Of. N°: 13157

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al  Poder  Ejecutivo a invertir
    hasta la cantidad  de quince mil pesos moneda nacional, para
    indemnizar a los  damnificados del incendio producido el día
    5 de setiembre  de 1953, en la localidad de La Trinidad, de-
    partamento de Chicligasta.
    
       Art.2º.- El gasto  que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley se imputará a la misma y se atenderá de rentas ge-
    nerales.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de  Sesiones  de  la  Legislatura de la
    Provincia de Tucumán,  a  treinta  días del mes de setiembre
    del año mil novecientos cincuenta y tres.-

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    INDEMNIZA A DAMNIFICADOS DEL INCENDIO PRODUCIDO EN LA LOCALIDAD DE LA TRINIDAD -CHICLIGASTA- EL DIA 05-09-53.-

  • Observaciones