* CADUCA *
La Honorable Sala de Representantes.
Considerando:
1º.- Que la política del gobierno provisorio y delegado
desde el 16 de Enero ha tenido por esencial objeto
restablecer el orden y la paz interior y con las demás
Confederadas.
2º.- Que la cuenta de gastos, que presente en el período
de su administración es de pequeña y limitada cantidad, no
obstante que se ha visto en la necesidad de sostener un
ejército para defensa de la provincia.
La H.S. ha sancionado con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Se aprueban todos los actos y procedimiento
por la asamblea del Pueblo, como eminentemente patrióticos y
salvadores del orden público.
Art. 2º.- Queda aprobada la cuenta de gastos que presenta
en el período de tan fraternal y heroica administración.
Art. 3º.- Comuníquese.
Tucumán, Abril 19 de 1853.-