• Detalle de Ley

    Ley N°: 2645
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - ECONOMICO
    Sancionada: 04/12/1954
    Promulgada: 10/12/1954
    Publicada: 16/12/1954
    Boletin Of. N°: 13445

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Auméntase  en la cantidad de ciento treinta
    pesos mensuales  las  asignaciones del personal de la Direc-
    ción Provincial del Transporte.
    
       Art.2º.- Elévase hasta  un mil quinientos pesos el básico
    establecido por  el  artículo  45  de  la ley 2.526, para el
    otorgamiento de los subsidios que el mismo expresa.
    
       Art.3º.- Agrégase como  artículo  51 del escalafón de que
    se trata,  los  siguiente:  "  La  Dirección  Provincial del
    Transporte abonará por cada empleado u obrero la cantidad de
    diez pesos  mensuales  a la Unión Tranviarios Automotor, por
    derechos asistenciales conforme a convenio nacional".
    
       Art.4º.- La presentes  disposiciones  regirán desde el 1º
    de mayo  de 1954, debiendo atenderse el gasto que demande su
    cumplimiento con  fondos  provenientes de la explotación del
    servicio. De  no  ser  suficientes los fondos de la explota-
    ción, autorízase  al  Poder  Ejecutivo a anticipar de rentes
    generales las sumas necesarias y/o hacer uso del crédito.
    
       Art.5º.- Derógase toda  disposición  que  se  oponga a la
    presente ley.
    
       Art.6º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia, a  cuatro días del mes de diciembre del año
    mil novecientos cincuenta y cuatro.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DISPONE UN AUMENTO DE REMUNERACIONES AL PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE TRANSPORTES.-

  • Observaciones