* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia sanciona la
siguiente
L E Y :
Artículo 1º.- Autorizase al Poder Ejecutivo para gastar
del Tesoro dos mil pesos que serán invertidos en las Obras
públicas que se construyen.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones, Tucumán, Octubre 3 de 1866.-