* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Ábrese de rentas generales al Departamento
de Hacienda, Agricultura y Obras Públicas, un crédito
extraordinario por la suma de tres millones de pesos moneda
nacional, para hacer frente a los gastos que demande el
cumplimiento del decreto-acuerdo Nº 1/1, de fecha 22 de mayo
de 1958, por el que se autoriza a la Caja Popular de Ahorros
a disponer lo necesario a fin de iniciar la molienda en el
ingenio Santa Ana, para librar al consumo público, en
jurisdicción provincial, hasta el máximo de siete mil bolsas
de azúcar.
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
a veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos cin-
cuenta y ocho.-