• Detalle de Ley

    Ley N°: 2685
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 27/06/1958
    Promulgada: 03/07/1958
    Publicada: 04/08/1958
    Boletin Of. N°: 14349

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo.1º.- Facúltase  al  Poder  Ejecutivo  a  adherir
    al Fondo Federal  para Electrificación Rural  creado por de-
    creto número 12.652/57.
    
       Art.2º.- Facúltase  asimismo   al  Poder  Ejecutivo  para
    concertar préstamos  con la Dirección Nacional de la Energía
    u organismos  que  la  reemplacen  en  la administración del
    expresado fondo,  por  las  sumas  que resultaren necesarias
    para la  ejecución  de  las obras que se planifiquen en este
    aspecto, a los plazos y tasas de interés que se establezcan,
    como así  también  para  contratar  directamente  con Agua y
    Energía de  la  Nación  la  ejecución  de  obras  en caso de
    convenir a los intereses de la Provincia.
    
       Art.3º.- El  pago  de  amortización  e  intereses  de los
    préstamos que se concertaren se atenderá con los recursos de
    rentas generales, con imputación a la presente ley, hasta su
    inclusión en presupuesto.
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
    a  veintisiete  de junio  de  mil  novecientos  cincuenta  y
    ocho.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FACULTA AL PODER EJECUTIVO A ADHERIR AL FONDO FEDERAL PARA ELECTRIFICACIÓN RURAL CREADO POR DECRETO Nº 12652/57.-

  • Observaciones