* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo: 1º.- Acuérdase, por el término de cinco años a
contar de la promulgación de la presente, a los familiares
de los obreros fallecidos en el accidente ocurrido en el
ingenio San Ramón el día 30 de abril de 1958, los siguientes
subsidios, en la proporción y condiciones que a continuación
se determina:
a) A las viudas de las víctimas, señoras Martina Zolórza-
no de Zolórzano, Saturnina Gerez de Campos, Elba Paredes de
Suárez, Eva Pérez de Rojas, Sara del Jesús de Sánchez, Ma-
ría Elisa Ibánez de Vera y Alejandra Cruz Arias de González
la suma de $ 300 moneda nacional mensuales.
b) El importe de los subsidios precedentemente estableci-
dos se acrecentará en la suma de $ 50 moneda nacional por
cada hijo de la víctima a su cargo, nacido o por nacer den-
tro del término de nueve meses de la fecha referida.
Art.2º.- El derecho a gozar del subsidio se extingue:
a) Para la viuda, cuando contrajera nuevas nupcias;
b) Para los hijos varones, cuando cumplan 18 años, y para
las hijas mujeres cuando contraigan matrimonio.
Tratándose de hijos incapaces el subsidio se mantendrá
mientras subsista la incapacidad, debiendo comprobarse a-
nualmente el estado del beneficiario en estos casos.
Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la
presente ley se hará, hasta su inclusión en presupuesto, de
rentas generales con imputación a la misma.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Pro-
vincia de Tucumán, a veintiséis días de junio de mil nove-
cientos cinchen ta y ocho.-