* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia sanciona la
siguiente
L E Y:
Artículo 1º.- Ábrese un crédito suplementario de la suma
de dos mil pesos a la partida de gastos extraordinarios, e
igual suma a la de obras públicas.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones, Tucumán, Diciembre 17 de 1866.-