* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo.1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para anticipar a
la Municipalidad de la ciudad de San Miguel de Tucumán, de
rentas generales, con imputación a la presente y con cargo
de oportuno reembolso, hasta la suma de $ 6.000.000 moneda
nacional.
Art.2º.- El anticipo a que se refiere el artículo ante-
rior se reembolsará con los fondos que le corresponde perci-
bir a la Comuna por participaciones en diversos impuestos
provinciales o nacionales, o con el importe que oportunamen-
te se le otorgará en carácter de préstamo para consolidación
de su deuda, absorción de déficit del corriente ejercicio y
realización de obras públicas, a que refiere la ley nº 2700.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucu-
mán, a treinta días del mes de octubre de mil novecientos
cincuenta y ocho.-