* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo dispondrá por intermedio
del Departamento de Hidráulica, dependiente del Ministerio
de Hacienda, Obras Públicas e Industrias, la realización de
los estudios necesarios para la construcción de un dique de
afloramiento en La Madrid, primer distrito del departamento
de Graneros.
Art.2º.- Destínase hasta $ 30.000 para la ejecución de
los trabajos a que se refiere el artículo anterior.
Art.3º.- El gasto que demande la presente ley se hará de
rentas generales con imputación a la misma.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a dieciséis días del mes de diciembre del año
mil novecientos cincuenta y ocho.-