• Detalle de Ley

    Ley N°: 2790
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 08/01/1959
    Promulgada: 13/01/1959
    Publicada: 28/01/1959
    Boletin Of. N°: 14468

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Facúltase  al Poder Ejecutivo a adherir, en
    representación de la  Provincia  de  Tucumán,  al régimen de
    distribución del producido de los impuestos a los réditos, a
    las ventas, a   los   beneficios  extraordinarios  y  a  las
    ganancias eventuales, establecido  por  la  ley 12.956 y sus
    modificatorias.
    
       Art.2º.- A los efectos del artículo anterior, declárese:
    
       a) Que se  acepta  el  régimen de la Ley Nacional sin li-
          mitaciones ni reservas.
    
       b)Que se obliga  a no aplicar gravámenes locales análogos
         a los establecidos  por  las  leyes de los impuestos de
         referencia.
    
       c)Que se obliga,  hasta  el  31  de  diciembre de 1963, a
         derogar los gravámenes  provinciales  y  a  promover la
         derogación de los  tributos municipales que resulten en
         pugna con el  régimen de la ley respectiva, debiendo el
         Poder Ejecutivo de  la  Provincia  de  Tucumán  y en su
         caso, la autoridad   ejecutiva  comunal,  suspender  su
         aplicación dentro de  los  10 días corridos de la fecha
         de notificación de  lad ecisión firme que así lo decla-
         re.
    
       d)Que se obliga  a  adoptar  las  providencias del caso a
         fin de que  los  organismos locales pertinentes presten
         la colaboración que  les requieran del Banco Central de
         la República Argentina   y  la  Dirección  Nacional  de
         Estadística y Censos.
    
       Art.3º.- Derógase toda   disposición  que  se  oponga  al
    cumplimiento de la presente ley.
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada la Sala de Sesiones de la Legislatura  de Tucumán, a
    ocho  días  del  mes de enero de mil novecientos cincuenta y
    nueve.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    FACULTA AL P.E. A ADHERIR AL REGIMEN DE DISTRIBUCION DEL PRODUCIDO DE LOS IMPUESTOS A LOS REDITOS, VENTAS Y GANANCIAS ESTABLECIDOS POR LEY 12956 Y MODIFICATORIAS.-

  • Observaciones