* CADUCA *
La Honorable Sala de Representantes sanciona con fuerza
de
L E Y :
Artículo 1º.- Apruébanse las cuentas presentadas por el
Ejecutivo y se le acuerda un voto de indemnidad por los
gastos que ha hecho en objetos de seguridad pública, y que
exceden en diez y seis mil trescientos treinta y siete pesos
dos centavos, la partida votada a gastos extraordinarios,
haciéndose transposición de igual suma sobre la partida de
obras públicas del presupuesto en ejercicio.
Art. 2º.- Ábrese un crédito suplementario por la cantidad
de un mil pesos sobre la partida del presupuesto del presen-
te año, destinada a gastos extraordinarios.
Sala de Sesiones, Tucumán, Agosto 31 de 1867.-