* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de $ 10.000.000 moneda nacional en la cons-
trucción de obras de desagües en el departamento de la Ca-
pital.
Art.2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a celebrar con la
Municipalidad de la Capital los convenios necesarios para la
ejecución de dichas obras.
Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se atenderá con fondos de rentas generales con
imputación a la misma.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
a veintisiete días del mes de diciembre del mil novecientos
cincuenta y ocho.-