* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de $ 40.000.000 moneda nacional para la rea-
lización de las obras necesarias para la ampliación de la
red de cloacas y de agua corriente en el municipio de la
Capital.
Art.2º.- Las obras que se realicen con los fondos auto-
rizados por el artículo anterior se efectuarán de acuerdo al
régimen especial establecido por decreto acuerdo nº 54/1, de
fecha 17 de mayo de 1955, y su reglamentación.
Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de rentas generales con imputación a la
misma.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
a veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos
cincuenta y ocho.-