* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Acuérdase, a partir del 1º de enero de
1959, un aumento de $ 1.000 m/n. en las asignaciones men-
suales que perciben por concepto de sueldos y jornales, res-
pectivamente, los empleados y obreros de la Dirección
Provincial de Transporte.
Art.2º.- Amplíase de rentas generales, hasta la suma de
$ 23.697.252, la partida 8, ítem Y, rubro II, inciso I, ane-
xo G de la ley de presupuesto general de gastos y cálculo de
recursos para el año 1959, a efecto de posibilitar el pago
del aumento de sueldos fijado por el artículo anterior.
Art.3º.- Increméntase en la suma de $ 23.697.252, en la
proporción que se consigna a continuación, las siguientes
partidas del rubro I - Erogaciones en Personal - Inciso
VIII, anexo J de la ya mencionada ley de presupuesto ge-
neral:
Item A) Sueldos 19.213.992
1 - Personal administrativo y
técnico profesional 2.124.000
2 - Personal obrero y de
maestranza 11.376.000
a) Sección tránsito 6.144.000
b) Sección Talleres
tranvías 1.836.000
c) Sección talleres
ómnibus 1.632.000
d) Sección talleres trole-
buses 1.764.000
3 - Personal de servicio 240.000
8 - Personal transitorio 3.264.000
13 - Cumplimiento escalafón
(aumentos vegetativos) 2.209.992
Item E) Sueldo anual complementario 1.601.160
1 - Sueldo anual complementario 1.601.160
Item F) Aporte patronal 2.882.100
1 - Instituto de Previsión
Social de la Provincia 2.882.100
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
a siete días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y
nueve.