• Detalle de Ley

    Ley N°: 2865
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - SALUD
    Sancionada: 21/10/1959
    Promulgada: 30/10/1959
    Publicada: 23/11/1959
    Boletin Of. N°: 14669

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara  de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al Poder Ejecutivo para que por
    intermedio del Ministerio  de  Salud  Pública  y  Asistencia
    Social, adquiera, por  contratación  directa, la cantidad de
    catorce unidades automotoras  que  se destinarán al servicio
    de ambulancia pública.
    
       Art.2º.- Ábrese de rentas generales un crédito extraordi-
    nario al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social por
    la suma de  $ 4.629.200, en cuyo monto se encuentran incluí-
    dos los gastos  que  demandará el traslado de las expresadas
    unidades.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
    aveintiún días del  mes  de  octubre de mil novecientos cin-
    cuenta y nueve.

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO PARA QUE, POR INTERMEDIO DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL, ADQUIERA UNIDADES AUTOMOTORAS QUE SE DESTINARÁN AL SERVICIO DE AMBULANCIA PÚBLICA.-

  • Observaciones