* DEROGADA *
La H. Sala de Representantes de la Provincia.
Considerando: que el Gobierno ha puesto en conocimiento
de la H. Sala, la injusta invasión, que ha ejecutado el
Gobernador de Santiago, con fuerza armada al Sud de esta
Provincia, atacando sin motivo alguno, los hombres, vidas y
fama de sus habitantes.
2º.- Que semejante violación del derecho público e inter-
nacional es insoportable a la independencia, paz y buena
inteligencia, que debe reinar entre provincias hermanas.
3º.- Que de hecho no existen las autoridades nacionales
que por la constitución deben resolver estas cuestiones, y
en la estricta obligación en que está la provincia de
defenderse de tan inusitadas incursiones.
Ha sancionado con valor y fuerza de ley
Artículo 1º.- Se ratifica la ley de 11 de Junio del cte.
año, que autorizó al Gobierno para defender la Provincia de
la injustificable invasión, que ejecutó en aquel tiempo el
Gobernador de Santiago.
Art. 2º.- Se autoriza al P.E. para disponer de los recur-
sos con que cuenta la provincia, en la forma que su acredi-
tado patriotismo lo estime conveniente.
Art. 3º.- Se declara a la provincia en estado de asamble-
a, para mejor proveer a su seguridad, y defensa, con el
valor y denuedo, que siempre ha manifestado, en sostén de
sus derechos.
Art. 4º.- Comuníquese al Gobierno para su puntual y
exacto cumplimiento.
Tucumán, Agosto 24 de 1853.-