• Detalle de Ley

    Ley N°: 2911
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 23/12/1959
    Promulgada: 04/01/1960
    Publicada: 25/01/1960
    Boletin Of. N°: 14710

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al  Poder  Ejecutivo a invertir
    hasta la suma de $ 100.000 en el arreglo del puente colgante
    que une  San Pedro de Colalao con Villa Gloria, en el depar-
    tamento de  Trancas y concluir los trabajos del balneario de
    la citada localidad.
    
       Art.2º.- El gasto que demande el  cumplimiento de la pre-
    sente ley  se  atenderá de rentas generales con imputación a
    la misma.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
    a veintitrés  días  del  mes de diciembre de mil novecientos
    cincuenta y nueve.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A INVERTIR SUMA DE DINERO EN EL ARREGLO DEL PUENTE COLGANTE QUE UNE SAN PEDRO DE COLALAO CON VILLA GLORIA, EN EL DEPAR TAMENTO DE TRANCAS Y CONCLUIR LOS TRABAJOS DEL BALNEARIO DE LA CITADA LOCALIDAD.-

  • Observaciones