* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar, en
la forma prevista por la ley nº 1.975, la pavimentación de
las siguientes calles de la ciudad de Monteros: avenida Roca
desde 24 de Setiembre a Tucumán; Congreso, desde 24 de Se
tiembre a Sorroza; 9 de Julio, desde Alberdi a Silvano
Bores; Sarmiento, desde D. Aráoz a Sorroza; Belgrano, desde
Silvano Bores a Gobernador Frías Silva; L. Aráoz, desde
Tucumán, a D. Aráoz; Colón, desde L. Alem a Gobernador
Lídoro Quinteros; Lamadrid, desde 24 de Setiembre hasta la
entrada del Cementerio Norte; San Martín, desde C. Alvarez a
Nuñorco; Silvano Bores, desde 9 de Julio a San Martín; Al-
berdi, desde Colón a San Martín; 24 de Setiembre, desde
Arroyo El Tejar hasta Jujuy; Tucumán, desde avenida Roca a
Lamadrid; D. Aráoz, desde avenida Roca a L. Aráoz; Sorroza,
desde avenida Roca a Sarmiento; Libertad, desde Lamadrid
hasta la entrada del Cementerio Oeste.
Art.2º.- A los fines de lo dispuesto en el artículo
anterior autorízase al Poder Ejecutivo a anticipar de Rentas
Generales, con imputación a la presente ley, y con cargo de
reembolso del fondo previsto en la ley mencionada en la
cláusula procedente, hasta la suma de $ 11.500.000.
Art.3º.- Comuníquese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
catorce días del mes de marzo del año mil novecientos sesen-
ta.