* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo.1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar, en
la forma prevista por la ley nº 1.975, la pavimentación de
las siguientes calles de la localidad de Bella Vista,
departamento de Famaillá:
Zona este de las vías del F.C.N. General Manuel Belgrano
(26 cuadras):
Calle Avellaneda : 4 cuadras (entre Pasaje Mar-
coux y 3ra. paralela al este
de calle Güemes);
Calle 25 de Mayo : 4 cuadras (2 entre Leandro N.
Alem y Avellaneda y 2 entre
Comandante Franco y Bartolomé
Mitre);
Calle Leandro N. Alem : 5 cuadras (entre Alberdi y 3ra
paralela al este de calle Güe-
mes);
Calle Güemes : 2 cuadras (entre Avellaneda y
L. N. Alem);
Pasaje Marcoux : 1 cuadra (entre Gral. Roca y
Avellaneda);
Calle 1ra. paralela al
sur de calle Avellaneda
entre 25 de Mayo y Güe-
mes : 3 cuadras ( entre 25 de Mayo y
2a. paralela al este de calle
Güemes);
Calle Bartolomé Mitre : 2 cuadras (entre 25 de Mayo y
2da. paralela al este de la
misma);
Calle Sáenz Peña : 2 cuadras (entre 25 de Mayo y
2da. paralela al este de la
misma);
Calle Comandante Franco : 1 cuadra (entre 25 de Mayo y
1ra. paralela al este de la
misma);
Calle 1ra. paralela al
este de calle 25 de Mayo : 2 cuadras ( entre Comandante
Frnaco y Bartolomé Mitre);
Zona oeste de las vías del F.C.N. General Belgrano (21
cuadras)
Calle Manuel García Fer- : 2 cuadras (entre Rivadavia y
nández 1ra. paralela al sur de calle
España);
Calle Rivadavia : 5 cuadras (entre Manuel García
Fernández y avenida Indepen-
dencia);
Calle Saavedra : 5 cuadras (entre Manuel García
Fernández y avenida Indepen-
dencia);
Calle Sarmiento : 1 cuadra (entre 1ra. paralela
al este de Ingeniero Marconi y
avenida Independencia);
Calle Ingeniero Marconi : 1 cuadra (entre Sarmiento y
San Martín);
Avenida Las Moreras : 3 cuadras (entre San Martín y
2da. paralela al norte de la
misma);
Calle 1ra. paralela al
norte de calle San Mar-
tín : 2 cuadras (entre Manuel García
Fernandez y avenida Las More-
ras);
Calle 2da. paralela al
norte de calle San Mar-
tín : 2 cuadras (entre Manuel García
Fernandez y avenida Las More-
ras).
Art.2º.- A los fines de lo dispuesto en el artículo an-
terior, autorízase al Poder Ejecutivo a anticipar de rentas
generales, con imputación a la presente ley y con cargo de
reembolso del fondo previsto en la ley de referencia, hasta
la suma de seis millones de pesos moneda nacional.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala Sesiones de la Legislatura de Tucumán, a
veintiocho días del mes de marzo de mil novecientos sesen-
ta.-