* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo designará una comisión
constituida por dos funcionarios de la Caja Popular de Aho-
rros de la Provincia, dos del Banco de la Provincia de Tucu-
mán y dos del Instituto de Previsión Social de la Provincia
para que proyecte un plan de reestructuración de la Caja Po-
pular de Ahorros, teniendo en vista los siguientes fines:
a) Desvincular a la Caja Popular de Ahorros de la admi-
nistración de los ingenios;
b) Concentrar el crédito inmobiliario;
c) Asumir la administración financiera de obras públicas
con autofinanciación.
Art.2º.- A los efectos de la misión encomendada por el
artículo anterior, la Comisión tendrá en cuenta el informe
presentado por la Comisión Investigadora de la Cámara de Di-
putados para O.F.E.M.P.E., Caja Popular de Ahorros e inge-
nios bajo su administración, principalmente en cuanto se re-
fiere a las situaciones administrativas y financieras de la
Caja en relación con los ingenios y el proceso de comercia-
lización de sus productos.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
veintisiete días del mes de setiembre de mil novecientos se-
senta.-