• Detalle de Ley

    Ley N°: 3014
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION - ECONOMICO
    Sancionada: 24/06/1960
    Promulgada: 27/10/1960
    Publicada: 27/10/1960
    Boletin Of. N°: 14911

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo.1º.- El Poder Ejecutivo organizará misiones cul-
    turales que actuarán  en  las diferentes zonas de la provin-
    cia, con el fin de poner a los grupos de adultos y niño fal-
    tos de preparación  y de formación escolar en condiciones de
    luchar contra las  limitaciones de su medio ambiente, elevar
    el nivel de  sus  vidas,  cambiar sus prácticas rutinarias y
    mejorar sus técnicas de producción.
    
       Art.2º.- Las misiones  estarán integradas por nueve miem-
    bros: un médico,  una  enfermera, un maestro de artes y ofi-
    cios, un agrónomo, un profesor de cultura física, tres maes-
    tros de instrucción y un secretario administrativo.
    
       Art.3º.- Las misiones  realizarán el estudio y valoración
    general de las  diferentes zonas y lo elevarán al Consejo de
    Educación para que  elabore  un  programa que responda a los
    problemas concretos de cada región.
    
       Art.4º.- Las misiones organizarán comités de vecinos para
    que colaboren con las mismas.
    
       Art.5º.- La actuación de las misiones en cada zona durará
    períodos de uno  a tres años, según lo requieran las necesi-
    dades del lugar.
    
       Art.6º.- El Poder  Ejecutivo dotará a las misiones cultu-
    rales del material y recursos necesarios para su desenvolvi-
    miento.
    
       Art.7º.- El Poder Ejecutivo fijará los emolumentos a per-
    cibir por los miembros de las misiones.
    
       Art.8º.- Cada tres meses las misiones elevarán al Consejo
    de Educación un informe detallado sobre su actuación.
    
       Art.9º.- El gasto  que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley se  hará  de  rentas generales con imputación a la
    misma.
    
       Art.10.- Comuníquese.
    
       Dada en la  sala de sesiones de la Legislatura de Tucumán
    a quince días del mes de octubre de mil novecientos sesenta.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A ORGANIZAR MISIONES CULTURALES
    EN DIFERENTES ZONAS DE LA PROVINCIA PARA ELABORACIÓN DE
    PROGRAMAS PARA CADA REGIÓN.

  • Observaciones