• Detalle de Ley

    Ley N°: 3044
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 27/04/1961
    Promulgada: 05/05/1961
    Publicada: 13/10/1961
    Boletin Of. N°: 15134

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Facúltase  al  Ministerio  de Salud Pública
    para disponer en  forma indiscriminada o conjunta los fondos
    que reciben los establecimientos asistenciales beneficiarios
    de las utilidades  de  la Caja Popular de Ahorros de la Pro-
    vincia, según lo  estatuido  por  el  artículo  1º de la Ley
    2.955.
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
    a veintisiete días  del  mes de abril de mil novecientos se-
    senta y uno.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    FACULTA AL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA A DISPONER LOS FONDOS
    QUE RECIBEN LOS ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES BENEFICIARIOS
    DE LAS UTILIDADES DE LA CAJA POPULAR DE AHORROS SEGÚN LO
    ESTABLECIDO EN LA LEY 2955.

  • Observaciones